SISTEMAS DE ACTUACIÓN
- – Los propietarios se constituyen en Junta de Compensación. Asamblea.
– Constitutiva. Aprobación de los estatutos y bases de actuación. Aprobación por el Ayuntamiento (administración tutelar)
– Escritura de Constitución: Propietarios de fincas que representen más del 50% de la superfície total del sector urbanístico.
– Redacción proyecto de urbanización. Aprobación Junta de Compensación.
– Aprobación administrativa tutelar.
– Redacción proyecto de reparcelación. Aprobación Junta de Compensación.
– Aprobación administración tutelar. Inscripción Registro de la Propiedad.
CARACTERÍSTICAS SISTEMA DE ACTUACIÓN DE COOPERACIÓN
– La administración actuante ejecuta las obras de urbanización con cargo a las personas propietarias.
– Participación de los propietarios en la actuación urbanística: Constitución Asociación administrativa de cooperación.
– Los propietarios pueden formular el proyecto de reparcelación.
– Exigibilidad del pago de las cuotas urbanísticas por importe correspondiente a los gastos previstos con una antelación máxima de seis meses.